Argentina

Convenciones Internacionales en la materia ratificadas

Convención Interamericana de 1989:
Convenio de la Haya de 1980:

Normativa interna aplicable

Normativa General

  • Artículos 2612, 2614 y 2642 del Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Protocolo de Actuación para el Funcionamiento de los Convenios de Sustracción Internacional de Menores aprobado por la Comisión Nacional de Acceso a la Justicia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 28 de abril de 2017 (orientado a funcionarios judiciales). Disponible en http://www.cnaj.gob.ar/cnaj/archivos/2017/ARC_675.pdf
  • Ley provincial 10.419 de Procedimiento para la Aplicación de los Convenios sobre Restitución de Niños, Niñas y Adolescentes. Publicada en el Boletín Oficial el 27 de Enero de 2017 (aplicable en la Provincia de Córdoba).
  • Ley provincial 3134 de Procedimiento para la Aplicación de los Convenios sobre Restitución de Niños, Niñas y Adolescentes y Régimen de Visitas o Contacto Internacional. Publicada en el Boletín Oficial el 22 de agosto de 2018 (aplicable en la Provincia de Neuquén).
  • Código Procesal, Civil, Comercial, de Familia y Violencia Familiar de la Provincia de Misiones. Título II, “Procesos especiales”, Cap. IV, “Proceso de restitución de menores y restauración del régimen de visitas”, artículos 679 a 695 (aplicable en la Provincia de Misiones).
  • Acordada N° 13/2015 del Tribunal Superior de la Provincia de Entre Ríos sobre el Proceso de Restitución de Menores (aplicable en la Provincia de Entre Ríos).

(*) Existen varios proyectos de ley con estado parlamentario en el Honorable Congreso de la Nación sobre la materia, a saber:

  • 1586/18 PL S
    FERNANDEZ SAGASTI Y OTROS: PROYECTO DE LEY SOBRE PROCEDIMIENTO DE RESTITUCION INTERPROVINCIAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
  • 366/18 PL PE
    MENSAJE Nº 215/18 Y PROYECTO DE LEY SOBRE PROCEDIMIENTO DE RESTITUCION INTERNACIONAL DE MENORES Y DE VISITAS INTERNACIONALES, ENMARCADO EN LAS LEYES 23.857 Y 25.358.
  • 35/18 PL S
    BRAILLARD POCCARD: REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS CONVENIOS SOBRE LA RESTITUCION DE MENORES, REGIMENES DE CONTACTO Y COMUNICACIONES INTERNACIONALES. (REF. S. 4738/16)

 

Normativa específica

NO EXISTE


Acuerdos Bilaterales en la materia

Convenio sobre Protección Internacional de Menores entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay» aprobado por LEY N° 22.546 Publicada en el Boletín Oficial el 4 de marzo de 1982.


Datos de la Autoridad Central

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Dirección/Departamento/Unidad: Dirección de Asistencia Jurídica Internacional
Teléfono: 005411-4819-7000/7385
Correo institucional: menores@mrecic.gov.ar
Dirección: Esmeralda 1212 4to piso (CP 1007), Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sitio web: www.menores.gob.ar
Persona de contacto: Ab. Flavia Graciela Amoroso
Idiomas en que pueden contactarle: Inglés/Español
Correo electrónico: restitucion@mrecic.gov.ar
Equipo de trabajo (abogados): Ab. Leila Vanesa Medina (Responsable técnica del equipo), Ab. Valeria Paola Gutierrez, Ab. Ana Clara Vázquez, Ab. Yael Fagúndez Valverde, Ab. Lucía Rodríguez Baumann, Ab. Vanessa Sosa.


Información contenida en respuesta de cuestionario nota DG 98/18.