Régimen legal vigente
De fuente internacional La República del Perú en el ámbito de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional el “Convenio sobre los Aspectos civiles de la Sustracción internacional de Menores”.
En el ámbito Interamericano, ha ratificado la “CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES”.
De fuente interna Decreto Supremo 23.200RE/2000 Resolución Ministerial 206-2002 PROMUDEH
Tenencia Custodia: La tenencia de menores es el trámite tendiente a obtener un reconocimiento judicial del derecho de custodia y tenencia de un hijo y procede en caso que los padres se encuentren separados y un cónyuge o conviviente le arrebata al otro un hijo o si estuviera en peligro la identidad física de éste
La tendencia en el sistema peruano se refleja en la tenencia de carácter monoparental, es decir sólo uno de los progenitores puede gozar de la misma, fijándose un régimen de visitas para el otro.
Así luego de evaluar los medios probatorios, ofrecidos por las partes, las evaluaciones psicológicas ordenadas en la persona de los progenitores e hijos y las visitas sociales en el domicilio de los padres, el Juez determinará si el demandante reúne las condiciones ya indicadas para amparar su petitorio estableciendo el régimen de visitas para el otro progenitor.
La Ley Nº 29269 que modifica los artículos 81º y 84º del Código de los Niños y Adolescentes, incorporan a la legislación peruana a la Tenencia Compartida, es así como el nuevo estado de familia no significa ningún cambio para los hijos, puesto que se le considera un sujeto de derechos y que sus progenitores a pesar de su separación, siguen teniendo para con ellos derechos y obligaciones.
Autoridad Central Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes Jr. Camaná Nº 616, 7mo. Piso. Lima – Perú Teléfono 6261600 – Anexo 7003 http://www.mimdes.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1917&Itemid=536
Personas de contacto
- Dra. María del Carmen SANTIAGO BAILETTI Directora de Niñas, Niños y Adolescentes emal: msantiago@mimdes.gob.pe
- Dra. Silvia Esperanza Gonzáles Alvarado Abogada de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes email: egonzales@mimp.gob.pe
- Srta. Karla Sofía Figueroa Caldas email: kfigueroa@mimp.gob.pe
Ente rector en materia de infancia Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
- Sra. Dora Virginia Borra Toledo Ministra de la Mujer y Desarrollo Social email: vborra@mimdes.gob.pe
Programas de prevención
Autorización para viajar desde Perú – Procedimiento para la solicitud: El responsable del menor debe presentar toda la documentación en mesa de partes de los Juzgados de El mismo día de la presentación del documento, el solicitante pasará una entrevista en compañía del menor, para la toma de declaraciones Familia.
En 24 horas recabar el permiso, previa entrevista con el Juez, con la presencia del menor
Nota: Sede Notarial Si ambos padres se encuentran de acuerdo, o en caso de fallecimiento de uno de los padres o de estar reconocido el hijo por uno solo de ellos, la autorización de viaje se tramita en sede Notarial.
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima – Perú
Programas destacados Promoción y participación de operadores en diferentes programas de capacitación y seminarios.